Nacionalidad Española por Residencia
¿Qué es la Nacionalidad por residencia?
La nacionalidad por residencia se concede a quienes han vivido en España de forma legal, continuada y justo antes de presentar la solicitud. En Mustafa Abogados analizamos tu situación, te guiamos paso a paso y presentamos la solicitud completa para evitar errores o denegaciones.
Requisitos
Los requisitos cambian según el tiempo de residencia exigido:
10 años: plazo general
5 años: refugiados
2 años: nacionales de países iberoamericanos, Filipinas, Andorra, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes
1 año: varios supuestos especiales (matrimonio con español/a, nacido en España, viudo/a de español/a, etc.)
Te indicamos cuál es tu caso y verificamos que cumples todos los requisitos antes de presentar.
Documentación necesaria
Preparamos y revisamos toda la documentación, que normalmente incluye:
Pasaporte y NIE actual
Certificado de antecedentes penales
Certificado de empadronamiento
Pruebas CCSE y DELE (si aplican)
Justificantes de medios de vida
Documentación específica según cada caso
Evitamos errores que retrasan expedientes hasta 1–2 años.
Plazos actuales
Los expedientes pueden tardar entre 6 y 24 meses según el tipo de solicitud y la carga del Ministerio.
Nos aseguramos de presentarla correctamente a la primera para acortar tiempos.
Cómo trabajamos tu solicitud
En Mustafa Abogados te acompañamos en todo el proceso:
Revisamos si cumples los requisitos
Reunimos toda la documentación
Presentamos la solicitud por vía telemática
Hacemos seguimiento durante todo el expediente
Te asesoramos hasta la resolución final